Qué Hacer si me Deniegan el Grado de Dependencia

Qué Hacer si me Deniegan el Grado de Dependencia

Recibir una resolución negativa o con un grado inferior al que realmente necesita tu familiar es una situación frustrante, pero no es definitiva. Un porcentaje significativo de las valoraciones iniciales no reflejan adecuadamente la realidad cotidiana de la persona, especialmente en casos de deterioro cognitivo incipiente, demencias o patologías con brotes intermitentes.

La ley otorga a todos los ciudadanos el derecho a impugnar las resoluciones administrativas. En esta guía te explicamos el proceso paso a paso para presentar una reclamación o recurso de alzada con garantías de éxito.

Aviso importante: Los plazos en el ámbito administrativo son estrictos. El tiempo para reclamar empieza a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación oficial en tu domicilio o en la sede electrónica.

Razones Habituales por las que se Deniega el Grado

Antes de redactar la reclamación, es fundamental identificar el motivo concreto de la denegación o de la baja puntuación obtenida en el Baremo de Valoración de la Dependencia (BVD):

  • Valoración en un «día bueno»: Durante la visita del técnico, el solicitante disimuló sus limitaciones o realizó un esfuerzo puntual que no representa su día a día.
  • Falta de informes de especialistas: El expediente solo contenía un informe de salud básico y no se aportaron dictámenes de neurología, psiquiatría o traumatología que acreditasen la pérdida de autonomía.
  • Infravagación del deterioro cognitivo: El baremo midió la capacidad física (caminar, comer), pero no ponderó adecuadamente la necesidad de supervisión constante por desorientación o demencia.
  • Documentación desactualizada: Se presentaron informes médicos antiguos que no reflejaban el agravamiento reciente de la enfermedad.

Pasos para Reclamar la Denegación

1. Comprueba el Plazo de Reclamación

Revisa la fecha de recepción de la notificación

Dispones de un mes hábil (de fecha a fecha) a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación para presentar el Recurso de Alzada (o recurso administrativo equivalente según la comunidad autónoma).

2. Solicita el Informe de Valoración Detallado

Desglose del Baremo de Valoración (BVD)

Acude a los servicios sociales o accede a la sede electrónica para obtener el dictamen del baremo con la puntuación desglose por tareas. Esto te permitirá ver exactamente en qué actividades el valorador consideró que el familiar no necesitaba ayuda.

3. Consigue Informes Médicos Actualizados

Documentación médica complementaria

Solicita al médico de cabecera o a los especialistas un informe detallado de limitaciones funcionales. Es crucial que el médico especifique la necesidad de ayuda de terceras personas para las tareas diarias (aseo, medicación, movilidad).

4. Redacta y Presenta el Recurso de Alzada

Redacción e impugnación formal

Presenta el escrito de recurso exponiendo los puntos de desacuerdo con la valoración, adjuntando la nueva documentación médica en el registro oficial correspondiente.

Cómo Redactar el Recurso de Alzada (Estructura Recomendada)

El escrito de recurso no requiere formalidades jurídicas complejas, pero debe ser claro y estructurado. Asegúrate de incluir los siguientes apartados:

Sección del EscritoContenido Requerido
EncabezadoDatos del solicitante, DNI, dirección a efectos de notificación y número del expediente de dependencia.
Órgano al que se DirigeConsejería de Bienestar Social / Servicios Sociales de tu Comunidad Autónoma.
Hechos y AlegacionesDescripción punto por punto de las tareas que la persona NO puede hacer sola y que fueron puntuadas como autónomas por el valorador.
Aportación de PruebasListado de los nuevos informes médicos o de especialistas que se adjuntan al recurso.
Solicitud (Petitum)Petición expresa de revisión del expediente, asignación del grado correspondiente o realización de una nueva visita de valoración.

¿Qué Pasa Después de Presentar el Recurso?

Una vez registrado el recurso de alzada, la administración dispone de un plazo máximo de tres meses para resolverlo:

  • Resolución Favorable: La administración reconoce el grado solicitado o cita a una segunda valoración en el domicilio. En este caso, la fecha de efectos retroactivos se mantendrá desde la solicitud inicial.
  • Desestimación (Confirmación de la denegación): Si la administración rechaza el recurso o no responde en el plazo de tres meses (silencio administrativo), se agota la vía administrativa. A partir de ese momento, queda abierta la opción de acudir a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Social.

Preguntas Frecuentes

¿Debo contratar un abogado para presentar el recurso de alzada?

No es obligatorio. El recurso de alzada es un trámite administrativo que puede presentar directamente el propio interesado o su representante legal. Sin embargo, contar con el asesoramiento de un trabajador social o de una entidad especializada en dependencia ayuda a enfocar mejor las alegaciones.

¿Puedo volver a solicitar la dependencia si se pasa el plazo de un mes para reclamar?

Sí. Si se te pasa el plazo para recurrir la resolución, no podrás impugnar esa decisión concreta, pero sí tienes derecho a presentar una nueva solicitud de dependencia desde cero o pedir una revisión por agravamiento si aportas nuevos informes médicos que acrediten el empeoramiento.

¿Cuánto cuesta presentar una reclamación administrativa?

La presentación de recursos y alegaciones en la vía administrativa es totalmente gratuita.

En resumen

La denegación o la asignación de un grado inferior no es el final del camino. Revisar el desglose del baremo, aportar informes médicos centrados en la necesidad de ayuda diaria y presentar un recurso de alzada bien argumentado dentro del plazo de un mes son las claves para conseguir el reconocimiento del grado de dependencia que realmente corresponde.

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